LA GRACIA DE DIOS

A. ANTIGUO TESTAMENTO

El sustantivo hebreo hen, que significa “gracia” o “favor”, reflejaba el favor inmerecido de un superior hacia un inferior. Sin embargo, el uso característico o prevaleciente de hen en el Antiguo Testamento, se aplicaba cuando una persona encontraba u obtenía favor en los ojos de Dios o de otra persona. Raras veces significaba que Dios les otorgara un favor a los seres humanos (Sal 84:11b). El verbo hanan, “tener piedad” se utilizó en relación con Dios unas 13 veces en el Antiguo Testamento (Gén. 33:5c, 11b; 43:29c; Exo. 3:19c; Núm. 6:25; 2 Sam. 12:22; 2 Rey. 13:23a; Amós 5:15b; Isa. 30:18a, 19b; 33:2a; Sal. 77:9a; Mal. 1:9a). El adjetivo hannun, que significa “gracioso, clemente”, aparece 11 veces con referencia a Dios, siempre juntamente con los adjetivos “compasivo” o “misericordioso” o sus relacionados (Exo. 34:6b; Joel 2:13b; Jon. 4:2c; Sal. 86:15a; 103:8a; 111:4b; 116:5; 145:8a; 2 Crón. 30:9b; Neh. 9:17c, 31b).

B. NUEVO TESTAMENTO

1. Evangelios sinópticos

Lucas emplea el vocablo “gracia” solamente en el sentido veterotestamentario (1:30; 2:40, 52).

2. Epístolas paulinas

El sustantivo jaris, traducido “gracia”, es un vocablo principal aunque no exclusivamente paulino. Su significado más central parece haber sido “favor inmerecido”. Esta gracia es la gracia de Dios y de Jesucristo (2 Tes. 1:12) que se ha “manifestado a todos los hombres” (Tito 2:11). Aun la promesa a Abraham fue “según la gracia” (Rom. 4:16). Los seres humanos son justificados por la gracia (Rom. 3:24; Tito 3:7); son salvos por gracia, no por obras de las que puedan jactarse (Ef. 2:8). Hay un “remanente según la elección de gracia” (Rom. 11:5). Por medio de Jesucristo los seres humanos tienen “acceso por la fe a esta gracia” (Rom. 5:2). Es “gracia gloriosa” (Ef. 1:6), gracia que se extiende a más y más personas (2 Cor. 4:15), gracia abundante (2 Cor. 9:14), gracia que se puede describir como “riquezas” (Ef. 1:8). La gracia del Cristo preexistente fue demostrada en que se hiciera pobre (2 Cor. 8:9), y es la suprema motivación de la generosidad cristiana. Por medio de la gracia los seres humanos reciben “eterno consuelo y buena esperanza” (2 Tes. 2:16); tal gracia abunda más que el pecado y reina “por la justicia para vida eterna” (Rom. 5:20, 21). Pablo atribuía muchas veces su ministerio apostólico a la gracia de Dios (Gál. 1:15; 2:9; 1 Cor. 15:10; Rom. 15:15; Ef. 3:2, 7; Hech. 20:24). La gracia de Dios era suficiente frente al “aguijón en la carne” de Pablo (2 Cor. 12:9).

3. Hechos de los Apóstoles

En Hechos figuran varias alusiones a la gracia de Dios (13:43; 14:26) y a la gracia de Cristo (15:11, 40).

4. Evangelio de Juan

La gracia es tanto la característica (1:14) como el don (1:16, 17) del Verbo que se “hizo carne”.

5. Epístola a los Hebreos

Fue por la gracia de Dios que Jesús murió por cada ser humano (2:9). Por lo tanto, los creyentes deben acercarse con confianza “al trono de la gracia” para hallar “gracia para el oportuno socorro” (4:16). Ninguno debe dejar de alcanzar la gracia de Dios (12:15). El pecado deliberado ultraja “al Espíritu de gracia” (10:29).

6. Epístolas de Pedro

La venida de la gracia fue predicha por los profetas (1 Ped. 1:10). Los cristianos han de ser “buenos administradores de la multiforme gracia de Dios” en lo que a los dones se refiere (4:10), pues por cierto esta gracia le ha sido otorgada “a los humildes” y no “a los soberbios” (5:5). El “Dios de toda gracia” restaurará a los creyentes después de la persecución (5:10), pues su esperanza está puesta “en la gracia que os es traída en la revelación de Jesucristo” (1:13). Los cristianos deben crecer “en la gracia y en el conocimiento” de Jesucristo (2 Ped. 3:18).

De la precedente explicación del concepto de la gracia en el Nuevo Testamento debe quedar claro que la gracia, como la justicia y el amor, se presenta como un atributo divino y también como la dádiva de Dios para la humanidad.

C. HISTORIA DE LA DOCTRINA CRISTIANA

La doctrina de la gracia ha sido un punto en disputa en ciertas controversias teológicas importantes en el transcurso de la historia del cristianismo posbíblico. En tales disputas el punto álgido ha sido más la gracia entendida como dádiva que la gracia entendida como atributo divino, aunque obviamente las controversias han tenido consecuencias también para la doctrina de la gracia vista como atributo.

1. Agustín de Hipona contra Pelagio y los pelagianos (siglo V)

Agustín enseñó que la gracia de Dios es absolutamente necesaria para los pecadores, tanto para el perdón de sus pecados como para que se posibilite la salvación. Bajo la presión de la controversia insistió que la gracia divina es irresistible. La doctrina de Dios de Agustín está ligada estrechamente a las otras doctrinas agustinianas: la soberanía divina, la predestinación de los escogidos, el pecado original, la pérdida de la libertad aunque no del libre albedrío, y el don de la perseverancia.10

Pelagio (c. 354–?), Celestio (?–430?) y Juliano de Eclano (c. 386–454) defendían una interpretación diversificada o desenfocada de la gracia. Se la identificaba como el libre albedrío humano, la ley natural, la ley de Moisés y las enseñanzas de Jesús. La gracia era vista como un apéndice de la libertad y habilidad humanas.11 La posición pelagiana fue condenada por el Concilio de Cartago (418) y por el Segundo Concilio de Orange (529).

Mirando más allá de la controversia con los pelagianos, Albert Cook Outler (1908–89) ha resumido la doctrina de la gracia agustiniana de la siguiente manera:

El tema central en todos los escritos de Agustín es el Dios soberano de la gracia y la gracia soberana de Dios. Para Agustín, la gracia es la libertad que Dios tiene de actuar sin necesidad externa alguna; de proceder en amor trascendiendo el entendimiento y el control humanos; de actuar en la creación, el juicio y la redención; de entregar libremente a su Hijo como Mediador y Redentor; de investir a la iglesia con el poder y la dirección inmanentes del Espíritu Santo; de formar los destinos de toda la creación y los fines de las dos sociedades humanas, la “ciudad de la tierra” y la “ciudad de Dios”. La gracia de Dios es preveniente y ocurrente; es el inmerecido amor y favor divinos. Toca el corazón y la voluntad más íntima del hombre. Guía e impele el peregrinaje de aquellos que han sido llamados a ser fieles. Atrae y eleva el alma al arrepentimiento, a la fe y a la alabanza. Transforma la voluntad humana de manera que la persona sea capaz de hacer el bien. Alivia la ansiedad religiosa del hombre por medio del perdón y el don de la esperanza. Establece el fundamento de la humildad aboliendo la base del orgullo humano. La gracia de Dios se hizo carne en Jesucristo y permanece inmanente en la iglesia por medio del Espíritu Santo.12

El catolicismo medieval occidental tendió a distorsionar el significado de la gracia, interpretándola como una realidad cuasi-sustancial y sobrenatural obtenible por medio de los sacramentos y de los méritos resultantes de las buenas obras.

2. La ortodoxia calvinista del Sínodo de Dort contra los arminianos o remonstrantes (principios del siglo XVII)

La ortodoxia calvinista enseñaba las siguientes doctrinas: la predestinación entendida como la predeterminación divina eterna de los elegidos y repudiados más allá de cualquier presciencia de las respuestas de los seres humanos; la expiación particular, es decir la doctrina según la cual la muerte de Cristo tuvo como propósito y de hecho efectuó la expiación solamente para los pecados de los elegidos; la irresistibilidad de la gracia; la fe y el arrepentimiento como dones de Dios; y el don de la perseverancia de los elegidos.

Por el lado contrario, los arminianos enseñaban la elección entendida como la presciencia de Dios acerca de cuáles personas se arrepentirían y creerían, siendo por lo tanto electas; la expiación general, es decir la doctrina según la cual la muerte de Cristo tuvo como propósito y efectuó la expiación de los pecados de toda la humanidad; la resistibilidad de la gracia; la fe como respuesta humana a la obra regeneradora del Espíritu Santo; y la posibilidad de que los creyentes se alejen de la gracia de Dios.13

La controversia calvinista-arminiana no se resolvió definitivamente durante el siglo XVII, sino que produjo tradiciones teológicas diversas que han sobrevivido hasta el presente.

3. Jansenistas contra jesuitas (siglos XVII y XVIII)

Cornelio Jansen (1585–1638) y sus seguidores enseñaron un nuevo agustinianismo en la Iglesia Católica Romana que era similar a la posición de la ortodoxia calvinista pero distinta a las doctrinas prevalecientes en ese momento en la Iglesia Romana. Los jesuitas, resistiéndose a las ideas de Jansen, especialmente a sus doctrinas de predestinación y perseverancia, magnificaron la fe y las obras humanas y finalmente prevalecieron frente al jansenismo, aunque algunas doctrinas jansenistas han sido sostenidas por la orden dominica.14

Karl Barth, aunque sin intención de extender o renovar estas controversias —si bien su simpatía por Agustín y por la ortodoxia calvinista no podría negarse—, magnificó la doctrina de la gracia divina, particularmente con respecto a la condescendencia divina:

La gracia es el modo distintivo del ser de Dios en la medida en que busca y crea comunión como resultado de su propia libre inclinación y favor. No está condicionada por ningún mérito o reivindicación del objeto amado, ni tampoco se ve estorbada por el demérito o la oposición. Por lo contrario, es capaz de sobreponerse a todo demérito y a toda oposición… La gracia significa un giro, no en la igualdad, sino en la condescendencia. El hecho de que Dios sea misericordioso significa que condesciende. Es el único que realmente tiene la condición de posibilidad de condescender, pues solamente él es verdaderamente trascendente, sin ser igualado por nada fuera de sí mismo. La máxima expresión de su gracia es que no decida permanecer en esta posición… Su condescendencia es libre, es decir, está condicionada únicamente por su propia voluntad… Así, es una dádiva en el sentido más estricto del término.15

10 G. F. Wiggers, An Historical Presentation of Augustinism and Pelagianism from the Original Sources (Andover, Massachusetts: Gould, Newman and Saxton, 1840; ed. reimpr.; Ann Arbor, Michigan, London: University Microfilms International, 1979), pp. 194–218; Eugene Portalié, S.J., A Guide to the Thought of Saint Augustine, trad. Ralph J. Bastian, S.J. (Chicago: Henry Regnery Company, 1960), pp. 177–84, 190–229; Kelly, Early Christian Doctrines, pp. 366–69.

11 Wiggers, An Historical Presentation of Augustinism and Pelagianism, pp. 177–94, 219–28; Portalié, A Guide to the Thought of Saint Augustine, pp. 184–89; Robert F. Evans, Pelagius: Inquiries and Reappraisals (New York: Seabury Press, 1968), pp. 109–13; Kelly, Early Christian Doctrines, pp. 359–60.

12 “Introduction”, en Outler, ed., Augustine: Confessions and Enchriridion, LCC, vol. 7 (Philadelphia: Westminster Press, 1955), pp. 14–15.

13 George L. Curtiss, Arminianism in History, or the Revolt from Predestinationism (Cincinnati: Cranston and Curts; New York: Hunt and Eaton, 1894), esp. cap. 1; Clarence A. Beckwith, “Arminius, Jacobus, and Arminianism”, New Schaff-Herzog Encyclopedia of Religious Knowledge, 1:296–98; Archibald Harold Walter Harrison, Arminianism (London: Duckworth, 1937); Carl Bangs, Arminius: A Study in the Dutch Reformation (Nashville: Abingdon Press, 1971), esp. cap. 130–15, 25–26.

14 Paul Tschackert, “Jansen, Cornelius … Jansenismus”, Realenzyklopadie fur protestantische Theologie und Kirche, 24 tomos (Leipzig: J. C. Hinrichs, 1900), 8:589–99; ídem, “Jansen, Cornelius, Jansenism”, New Schaff-Herzog Encyclopedia, 16 tomos (New York: Robert Appelton Company, 1907–14), 8:285–94; Nigel J. Abercrombie, The Origins of Jansenism (Oxford: Clarendon Press, 1936), parte 1; L. J. Cognet, “Jansenism”, New Catholic Encyclopedia, 17 tomos (New York: McGraw-Hill, 1967), 7:820–24; Dale Van Kley, The Jansenists and the Expulsion of the Jesuits from France, 1757–1765 (New Haven: Yale University Press, 1975), pp. 6–36; W. Davish, “Jansen, Cornelius Otto” y “Jansenism”, Encyclopedic Dictionary of Religion, 3 tomos (Washington, D.C.: Corpus Publications, 1979), 2:1867–68.

15 Church Dogmatics, II/1, pp. 353–55.

Garrett, J. L., h. (2003). Teologia sistematica: Biblica, historica y evangelica: Vol. I (N. Bedford de Stutz, Trad.; Segunda edición, pp. 259-263). Casa Bautista de Publicaciones.

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